El Documento de Montreux reafirma las obligaciones existentes de los Estados en virtud del derecho internacional, en particular, el derecho internacional humanitario (DIH) y el derecho de los derechos humanos, en relación con las actividades de las empresas militares y de seguridad privadas (EMSP) en situaciones de conflicto armado.
El Documento de Montreux destaca las responsabilidades de tres tipos principales de Estados: Estados contratantes (países que contratan EMSP), Estados territoriales (países en cuyo territorio operan las EMPS) y Estados de origen (países en los que las EMSP tienen su sede).
En Enero de 2006, Suiza, en cooperación con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), organizó una primera reunión exploratoria en Zúrich.
El objetivo del Foro del Documento de Montreux es mejorar la gobernanza de la industria militar y de seguridad privada.
El Documento de Montreux guía la regulación de las actividades de las Empresas Militares y de Seguridad Privada (EMSP) en conflictos armados, pero también sirve como un modelo para otras situaciones comparables.
Hasta 2020, el Foro del Documento de Montreux celebraba reuniones plenarias anuales que reunían a todos los participantes del Documento de Montreux. Otros estados, organizaciones internacionales y otros actores interesados también podían ser invitados por el FDM como observadores.
El mandato del Grupo de trabajo sobre ICoCA es el de proporcionar asesoramiento a la Asociación del Código Internacional de Conducta sobre cuestiones normativas y normativas nacionales e internacionales (Art. 12 de las Prácticas de trabajo del FDM).
El mandato del Grupo de Trabajo Marítimo es el de analizar la relevancia del Documento de Montreux para la seguridad marítima.